Seguros

El contrato de seguro, como su nombre lo indica, es un acuerdo mediante el cual la persona que toma el seguro traslada su riesgo a la aseguradora, y espera de ésta la garantía de que ante la ocurrencia del siniestro (accidente, muerte, lesiones, incapacidad) se va a obtener la compensación y/o pago de los daños sufridos.

Sin embargo, no siempre las aseguradoras responden a dicha garantía y presentan al asegurado y beneficiario del seguro, múltiples barreras que impiden que se afecte el contrato de seguro y que en últimas lo que genera es retraso en los pagos de la indemnización.

Reclamaciones
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SOAT

Cuando se es víctima de un accidente de tránsito se tiene derecho a reclamar el amparo por incapacidad o muerte a la compañía que expidió la póliza del SOAT. 

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Seguro de Vida

Reclamaciones por incapacidad total y permanente aún cuando la compañía aseguradora se ha negado a cancelar este amparo.

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Seguro Deudor

Estos seguros adquiridos obligatoriamente con una obligación financiera, otorgan coberturas por muerte e incapacidad total y permanente del deudor, que pueden ser exigibles en el momento en el que ocurre el siniestro.

Máxima Indemnización
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Pérdida de capacidad laboral

En muchas ocasiones las aseguradoras niegan el pago de este seguro aduciendo que existió una omisión de la información por parte del asegurado.

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Daños

En ocasiones las aseguradoras realizan ofrecimientos irrisorios frente al perjuicio causado, desconociendo los valores asegurados.

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Pago Rechazado

Pese a la obligación que adquiere la compañía de seguro de mantener indemne al asegurado en el que se generen lesiones/muerte/o daños materiales a un tercero, aquella se niega al pago o lo retrasa generando perjuicios al asegurado y permitiendo que los procesos civiles y/o penales iniciados en su contra, avancen.

Testimonios

Cuando recibí la respuesta de la aseguradora estaba desconsolada. No sabía qué hacer y le conté mi situación a un familiar y él fue el que me recomendó a Néstor Pérez Gasca y Abogados Asociados. El contacto fue muy fácil y los beneficios obtenidos de su trabajo fueron increíbles.

Pilar Andrade

Después del accidente tuve mil problemas. Debido a las lesiones sufridas no pude volver a trabajar y los meses posteriores fueron los más difíciles de mi vida. Gracias al trabajo realizado por el Dr. Néstor y su equipo de profesionales hoy cuento con una pensión por invalidez que me permite sostener a mi familia y me da la tranquilidad que necesito.

Sandra Morales

Un excelente equipo de abogados e investigadores capacitados para asesorar jurídicamente a nuestros clientes en todo el tema referente accidentes de tránsito, siempre buscando la defensa e indemnizaciones derivadas de las consecuencias de este tipo de hechos.

Me impresionó mucho su trabajo durante todo el proceso. La investigación que realizaron alrededor del accidente que sufrimos con mi familia fue excepcional. Estamos muy satisfechos con los resultados y los beneficios económicos recibidos.  

Javier Pérez

CASOS

Preguntas sobre Seguros

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¿Adquirió un seguro de vida y tras la declaratoria de la pérdida de la capacidad laboral la compañía se niega al pago?

Cuando se adquiere un seguro de vida, dentro de los amparos que se contratan existe el de incapacidad total y permanente, y, una vez es declarada por parte de la Junta de Calificación de Invalidez, las compañías de seguro – tras la reclamación – objetan la misma y niegan el pago aduciendo que existió una omisión de la información por parte del asegurado, sin embargo, olvidan que existen obligaciones a su cargo que deben ser cumplidas por la aseguradora so pena de quedar sin la facultad de negar los pagos.

u

¿Transcurrió más de un mes desde que presentó la reclamación sin que obtenga respuesta de la aseguradora?

De conformidad con el código de comercio, las compañías de seguro cuentan con un mes desde que conocieron la reclamación – en acreditación de la cuantía y de la pérdida sufrida tras el siniestro – para cancelar el valor de la indemnización correspondiente, so pena de incurrir en intereses moratorios y/o pagos de perjuicios ocasionados por el pago tardío.

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¿El seguro vida deudor que canceló el asegurado por una obligación con el banco no cubre el fallecimiento del titular?

Tras adquirir una obligación financiera, las entidades exigen para el desembolso, otorgar una garantía a través de un contrato de seguro, el cual es cancelado junto con las correspondientes cuotas de la deuda. Dichos seguros otorgan coberturas por muerte e incapacidad total y permanente del deudor, que pueden ser exigibles en el momento en el que ocurre el siniestro.

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¿El ofrecimiento realizado por la compañía de seguro tras la reclamación no compensa los daños realmente causados?

Una vez acreditada la ocurrencia del siniestro y la cuantía del daño, la compañía aseguradora realiza ofrecimientos irrisorios frente al perjuicio causado, desconociendo además los valores asegurados, con el fin de cerrar el siniestro, pero dejando sin indemnización integral al beneficiario del seguro. Frente a ello es posible obtener incrementos de esos ofrecimientos que respondan a los perjuicios causados.

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